El día 14 de abril todas las empresas deberán tener un registro salarial diferenciado por sexos. La falta de este registro puede ocasionar sanciones de hasta 6.250 €, aunque en el caso de que se compruebe que existe discriminación, las sanciones pueden ascender hasta los 187.000 €.
Este es un requisito inicial hasta que se implanten definitivamente en todas las empresas los planes de igualdad que ahora lo están haciendo de forma gradual según el numero de empleados.
Este registro salarial que deben elaborar todas las empresas trata de descubrir posibles discriminaciones entre hombres y mujeres tanto directa como indirectamente, afecta a toda la empresa (directivos incluidos) y a todas las categorías salariales. Este registro sacará a la luz los puestos en los que la mujer esté menos representado y permitirá
Tomar medidas de ajuste.
Os comparto en enlace al Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres para que podáis estudiarlo. Desde Delegados de Protección de Datos podemos ayudarte en este tema, así como en la implantación de los planes de igualdad. Si estás interesado, simplemente solicitamos un presupuesto en:
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