delegadosdeprotecciondedatos.com

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido una resolución que estima la reclamación presentada por una clienta de una tienda de ropa, que solicitaba un archivo de videovigilancia que, en realidad, no existía. En este sentido, se destaca que el derecho de acceso implica la obligación de proporcionar una respuesta formal por parte del receptor de la solicitud.

 

La AEPD indica que siempre se debe responder formalmente a este tipo de solicitudes, incluso si no están directamente relacionadas con la protección de datos.

 

El conflicto se inició cuando la empresa se negó a aceptar la devolución de un producto por considerarlo en condiciones inaceptables. En respuesta, la cliente solicitó acceder a las grabaciones de seguridad para comprobar el estado en el que había llegado el paquete con la prenda. La tienda indicó que verificaría el estado del paquete en sus archivos, pero la afectada solicitó el acceso a las grabaciones como parte de su derecho de acceso. El video en cuestión no existía por no disponer la tienda de este sistema de videovigilancia, pero no se respondió formalmente denegando la solicitud. Por esta razón, la AEPD estimó el caso. Cabe destacar que tanto la voz como la imagen se consideran datos personales.

 

Es importante resaltar que el período máximo para conservar las imágenes de videovigilancia es de 30 días, después de lo cual deben ser borradas. Por lo tanto, cualquier reclamación después de este período es prácticamente nula, aunque no exime de la obligación de responder formalmente que las grabaciones han sido eliminadas.

 

Si no quieres que te pase esto, nosotros nos encargamos de todo. Aunque te parezca un rollazo tremendo, a nosotros nos encanta. Y somos buenos en nuestro trabajo.

Para ayudarte a sobrellevar la carga, si contratas la consultoría en protección de datos a través de este correo, no pagarás hasta después de las elecciones. Esta posibilidad solo estará vigente hasta el 10 de junio.

Aprovéchala !!!

 

Protección de Datos para empresarios y emprendedores -5 trabajadores: 174€ / año

 

* * * * * * * * * * * *

Si te ha gustado esto, envialo a alguien que aprecies mucho